Obligatoriedad de la Mediación
LEY INTRODUCE MEJORAS EN TRIBUNALES DE FAMILIA
LEY INTRODUCE MEJORAS EN TRIBUNALES DE FAMILIA
Una justicia de familia más eficiente y rápida es lo que ha introducido la puesta en marcha de la ley 20.286, desde que se publicó en septiembre del año pasado, introduciendo mejoras orgánicas y de procedimientos de los actuales Juzgados de Familia en todo el país.
Los cambios que harán progresivamente más eficiente y rápida la nueva judicatura permiten aumentar el número de jueces y dotaciones funcionarias al interior de los tribunales; mejorar la gestión a través de la creación de unidades y controles de admisibilidad; otorgar mayor celeridad a las audiencias, y hace obligatoria la mediación para las causas más demandadas, exigencia que en la región comenzará a regir en el mes de junio, señaló la Seremi de Justicia, Janina Gordillo.
MEDIACION
Con esta ley se da un tratamiento especial de principales causas demandadas a través de la mediación: pensiones de alimentos, cuidado personal (tuición) y relación directa y regular. La titular de justicia explicó que las personas que presenten algún tipo de conflictos de estas materias deberán primero pasar por una etapa de mediación obligatoria. “Sólo cuando aquella ha fracasado será posible recurrir a tribunales”, puntualizó.
En términos prácticos significa que si una persona quiere demandar por alguna de las materias de competencia de Tribunales de Familia, el tribunal la derivará a un mediador que intervendrá para que las partes, intenten un acuerdo que ponga término al conflicto, sin necesidad de un juicio. Los acuerdos alcanzados ante un mediador, si son aprobados por el juez, tienen el mismo valor jurídico que una sentencia, evitándose todo el tiempo y costo de un juicio. Si las partes no llegan a acuerdo, ya que no están obligadas a ello, se retoma el curso normal de un juicio.
COSTO
Importante es señalar que la mediación obligatoria será gratis para quienes no puedan pagar por sus servicios y podrán cobrarse – total o parcialmente- cuando el usuario disponga de recursos para ello.
Además, se entregará asistencia obligatoria de un abogado para la mayoría de las materias, con excepción de los procedimientos que estimen medidas de protección, las que por su urgencia permiten la comparecencia sin asistencia letrada. Si una persona no tiene recursos para pagar por un abogado, las Corporaciones de Asistencia Judicial patrocinarán su causa ante tribunales.
LICITACION
Con el objeto de consolidar durante el año 2009 las reformas implementadas para la estabilización definitiva de los Tribunales de Familia en todo Chile, se llamó a licitación para la contratación de los mediadores que reforzarán la nueva judicatura y que serán un actor clave para la atención de la demanda que se eleva sobre las 280 mil causas anuales.
El llamado a licitación- que se extendió hasta el 25 de marzo- estuvo destinada a la participación de más de 1350 mediadores registrados en todo Chile, perteneciendo 64 de ellos a la Región de Antofagasta; los que fueron divididos en 71 zonas de cobertura, de acuerdo a la jurisdicción de cada tribunal especializado o de aquellos de letras con competencia común.
Antofagasta, 26 de marzo de 2009
Los cambios que harán progresivamente más eficiente y rápida la nueva judicatura permiten aumentar el número de jueces y dotaciones funcionarias al interior de los tribunales; mejorar la gestión a través de la creación de unidades y controles de admisibilidad; otorgar mayor celeridad a las audiencias, y hace obligatoria la mediación para las causas más demandadas, exigencia que en la región comenzará a regir en el mes de junio, señaló la Seremi de Justicia, Janina Gordillo.
MEDIACION
Con esta ley se da un tratamiento especial de principales causas demandadas a través de la mediación: pensiones de alimentos, cuidado personal (tuición) y relación directa y regular. La titular de justicia explicó que las personas que presenten algún tipo de conflictos de estas materias deberán primero pasar por una etapa de mediación obligatoria. “Sólo cuando aquella ha fracasado será posible recurrir a tribunales”, puntualizó.
En términos prácticos significa que si una persona quiere demandar por alguna de las materias de competencia de Tribunales de Familia, el tribunal la derivará a un mediador que intervendrá para que las partes, intenten un acuerdo que ponga término al conflicto, sin necesidad de un juicio. Los acuerdos alcanzados ante un mediador, si son aprobados por el juez, tienen el mismo valor jurídico que una sentencia, evitándose todo el tiempo y costo de un juicio. Si las partes no llegan a acuerdo, ya que no están obligadas a ello, se retoma el curso normal de un juicio.
COSTO
Importante es señalar que la mediación obligatoria será gratis para quienes no puedan pagar por sus servicios y podrán cobrarse – total o parcialmente- cuando el usuario disponga de recursos para ello.
Además, se entregará asistencia obligatoria de un abogado para la mayoría de las materias, con excepción de los procedimientos que estimen medidas de protección, las que por su urgencia permiten la comparecencia sin asistencia letrada. Si una persona no tiene recursos para pagar por un abogado, las Corporaciones de Asistencia Judicial patrocinarán su causa ante tribunales.
LICITACION
Con el objeto de consolidar durante el año 2009 las reformas implementadas para la estabilización definitiva de los Tribunales de Familia en todo Chile, se llamó a licitación para la contratación de los mediadores que reforzarán la nueva judicatura y que serán un actor clave para la atención de la demanda que se eleva sobre las 280 mil causas anuales.
El llamado a licitación- que se extendió hasta el 25 de marzo- estuvo destinada a la participación de más de 1350 mediadores registrados en todo Chile, perteneciendo 64 de ellos a la Región de Antofagasta; los que fueron divididos en 71 zonas de cobertura, de acuerdo a la jurisdicción de cada tribunal especializado o de aquellos de letras con competencia común.
Antofagasta, 26 de marzo de 2009